Publicado 31/05/2024 11:50

VÍDEO: La Audiencia de Barcelona anula la investigación a Joan Laporta en el caso Negreira

Archivo - Joan Laporta attends during the Inigo Martinez presentation as new player of FC Barcelona at Ciudad Deportiva Joan Gamper on July 13,  2023, in Barcelona, Spain
Archivo - Joan Laporta attends during the Inigo Martinez presentation as new player of FC Barcelona at Ciudad Deportiva Joan Gamper on July 13, 2023, in Barcelona, Spain - Marc Graupera Aloma / Afp7 / Europa Press

Concluye que ha prescrito para él y valora que cada imputado debe "responder" por los pagos durante su mandato

BARCELONA, 31 May. (EUROPA PRESS TELEVISIÓN) -

La sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha anulado el auto del instructor del caso Negreira en el que extendió la investigación sobre el presidente del FC Barcelona Joan Laporta y también sobre los miembros de su junta directiva en su mandato de 2003 a 2010.

En un auto consultado por Europa Press este viernes, el tribunal estima los recursos que presentaron la defensa de Laporta, la Fiscalía, los expresidentes blaugranas Sandro Rosell y Joaquim Bartomeu y el club como persona jurídica contra la decisión que el Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona tomó el 18 de octubre de 2023.

Cuando el juez decidió imputar a Laporta, argumentó en el auto ahora anulado que la causa no estaba prescrita para él, a diferencia de lo que el mismo instructor justificó unos días para rechazar la petición del FC Barcelona de personarse como acusación en la causa.

En su cambio de criterio sobre la prescripción, el juez Joaquín Aguirre hizo referencia a que en los delitos continuados la prescripción computa desde el día de la última infracción, por tanto 10 años atrás desde el último pago a Negreira (julio de 2018), lo que incluiría en el plazo parte del primer mandato de Laporta (2003-2010).

Para considerarlo un delito continuado, el instructor señaló una supuesta "participación adhesiva" del delito, es decir que los distintos presidentes blaugranas hubieran cometido de forma sucesiva un mismo delito de forma continuada en lugar de atribuir un delito a cada uno.

Ahora la Audiencia descarta esta interpretación y replica al instructor que cada investigado debe "responder por los pagos indebidamente realizados durante el período en el que ejercieron sus cargos", por lo que la prescripción no debe contarse desde el último pago a Negreira sino desde que Laporta dejó su primera presidencia, el 30 de junio de 2010, de manera que un eventual delito estaría prescrito para él.

IMPUTACIONES POR SOBORNO YA ANULADAS

La semana pasada, la misma sección de la Audiencia de Barcelona anuló las imputaciones por presunto delito de cohecho (soborno) que el instructor no había atribuido a Laporta pero sí a los otros investigados en esta causa que indaga sobre los pagos del FC Barcelona al exvicepresidente del Comité Técnico Arbitral (CTA), José María Enríquez Negreira a través de sus empresas.

Están investigados el propio Negreira, su hijo Javier, los exdirectivos del club Óscar Grau y Albert Soler, Rosell, Bartomeu y el club como persona jurídica, y el instructor les atribuía el delito de cohecho (ahora anulado) y mantiene la presunta administración desleal y falsedad documental, y como alternativa al cohecho el instructor señaló el delito de corrupción deportiva.

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